DGI establece cronograma para domicilio electrónico de empresas
DGI establece cronograma para que empresas constituyan domicilio electrónico obligatorio desde abril de 2026.
La Dirección General Impositiva de Uruguay informó que a partir del 1° de abril de 2026 comenzará a regir la obligatoriedad de constituir domicilio electrónico (DOMEL) para los contribuyentes personas jurídicas gestionados por la División Grandes Contribuyentes. Esta medida forma parte de la ampliación del sistema de notificaciones electrónicas que impulsa el organismo tributario.
El cronograma de cumplimiento, establecido mediante la Resolución N° 037/2026, divide a los obligados en tres grupos con plazos diferenciados. Los contribuyentes grandes contribuyentes tendrán de abril a junio de 2026 para regularizar su situación, mientras que los sujets CEDE deberán hacerlo entre julio y diciembre de 2026. El resto de los obligados tendrá tiempo hasta junio de 2027. Además, quienes se inscriban ante el Registro Único Tributario (RUT) a partir de octubre de 2026 deberán constituir el DOMEL dentro de los cinco días hábiles siguientes a su inscripción.
La normativa que sustenta esta obligación es el Decreto N.º 295/025, publicado en diciembre de 2025, que extendió la obligatoriedad del domicilio electrónico a personas jurídicas y demás entidades, con o sin actividad empresarial, que mantengan vínculos con la DGI en calidad de titulares, socios, directores, accionistas o representantes. Es importante destacar que para realizar trámites en el marco de procedimientos administrativos será requisito indispensable contar con el DOMEL constituido.
Fuente: Dirección General Impositiva