Guía completa: 9 puntos menos de IVA al pagar servicios con medios electrónicos
La DGI detalla cómo aplicar la reducción de 9 puntos de IVA en gastronomía, eventos y alquiler de autos al pagar con medios electrónicos.
La Dirección General Impositiva (DGI) de Uruguay informó sobre un régimen de beneficios fiscales que permite obtener una reducción de 9 puntos porcentuales en la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para determinados servicios, siempre que se abonen mediante tarjetas de crédito, débito o instrumentos de dinero electrónico.
Los servicios alcanzados por esta medida incluyen gastronómicos (restaurantes, bares, cafeterías y similares), servicios de catering para eventos, servicios para fiestas, arrendamiento de vehículos sin chofer y mediación en el alquiler de inmuebles con destino turístico. En el caso de contribuyentes de IVA Mínimo, la reducción se calcula como un descuento del 7,38% sobre el importe total de la operación. El beneficio aplica tanto a residentes como a no residentes en Uruguay y se hace efectivo a través de un descuento en la liquidación de consumos que emite la entidad administradora del medio de pago. A partir del 1 de octubre de 2026, la reducción descenderá a 5 puntos porcentuales (4,1% para IVA Mínimo).
La normativa base de este régimen se encuentra en la Ley 17.934, mientras que las definiciones detalladas de cada tipo de servicio están contempladas en el Decreto 537/005 y la Resolución 12/006.