Requisitos y cambios normativos para el trámite de importación definitiva de vehículos (VCLA)

Nuevos requisitos para el trámite VCLA: solo personas físicas, cédula uruguaya obligatoria y limitado a automóviles. Cambios por Ley 20.446/2025.

Publicado: 2 de marzo de 2026

El Ministerio de Economía y Finanzas informa sobre los nuevos requisitos y modificaciones legales para el trámite de importación definitiva de vehículos (VCLA), establecidos por la Ley 20.446 del 16 de diciembre de 2025. Estos cambios afectan directamente a los profesionales que asesoran en importaciones y trámites aduaneros.

Base Legal y Modificación Normativa

La normativa se sustenta en la Ley 20.446 del 16 de diciembre de 2025, específicamente en su Artículo 168. Este artículo modifica el Artículo 330 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, estableciendo nuevas condiciones para el trámite VCLA.

Requisitos Esenciales para el Solicitante

Se establecen condiciones estrictas sobre quién puede realizar la solicitud y la documentación válida:

  • Solicitante: El trámite de importación definitiva (VCLA) solo podrá ser solicitado por personas físicas. Quedan excluidas las personas jurídicas.
  • Documento de Identidad: Si el solicitante posee cédula de identidad uruguaya, está obligado a gestionar el trámite utilizando exclusivamente dicho documento. Cualquier dictamen ministerial realizado con otro documento carecerá de validez.

Límites en el Tipo de Vehículo

Se restringe el alcance del trámite a un tipo específico de bien:

  • Vehículos Aceptados: Serán de recibo solamente las peticiones de vehículos automotores, y dentro de esta categoría, exclusivamente automóviles. Otros tipos de vehículos (motocicletas, camiones, etc.) no están contemplados en este procedimiento.

Recursos y Enlaces Oficiales

Para consultar la normativa completa y realizar el trámite, se recomienda acceder a los siguientes recursos: