IGTSS intensifica fiscalización en la construcción: foco en seguridad pre-licencia y trabajo en altura
IGTSS intensifica control en la construcción: seguridad pre-licencia y trabajos en altura. Impacto del Decreto 125/2014 en la planificación de obras.
La Inspección General del Trabajo y Seguridad Social (IGTSS) aumentará la fiscalización en la industria de la construcción, enfocándose en la organización del trabajo pre-licencia y el trabajo en altura, debido a un incremento en los accidentes laborales.
Mayor fiscalización en la industria de la construcción
La IGTSS intensificará la fiscalización en dos áreas clave debido al análisis de datos de accidentes laborales proporcionados por el Banco de Seguros del Estado (BSE) en 2023, 2024 y lo que va del 2025, que revelan un aumento preocupante de incidentes y fallecimientos.
Organización del trabajo en el período pre-licencia
Se intensificará la fiscalización de la planificación integral de la obra, dado que las estadísticas muestran un incremento en los accidentes en los meses previos al inicio de la licencia anual.
El Decreto 125/2014 exige la elaboración de un Estudio y Plan de Seguridad e Higiene al inicio de la obra. Esta planificación debe ser detallada, prever todas las etapas, tareas y riesgos, y su correcta implementación desde el principio es crucial para evitar la improvisación y los apuros que contribuyen a la omisión de procedimientos de seguridad y, consecuentemente, a los accidentes.
Trabajo en altura: protecciones y evaluaciones de riesgo
Se fiscalizará que las obras cuenten con protecciones colectivas y/o personales para trabajos en alturas superiores a 2 metros. Estos equipos deben estar en buenas condiciones y cumplir con las normas técnicas vigentes y las medidas de prevención y técnicas establecidas en el Decreto 125/014.
Además, se verificará la existencia de la evaluación de riesgos, el plan de prevención y la identificación de peligros acorde a las tareas en la etapa de la obra, especialmente en tareas en altura, incluyendo la formación adecuada del personal.
Responsabilidad del empleador
Es responsabilidad del empleador garantizar las medidas de prevención, brindar puestos de trabajo seguros y dignos, proporcionar los elementos de seguridad necesarios y establecer todas las medidas para que la organización del trabajo cumpla con la normativa vigente y asegure condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Concientización y planificación integral
Es prioritario tomar conciencia sobre la planificación integral de la seguridad laboral, que no solo implica adoptar medidas de protección personal, sino también implementar medidas administrativas, capacitación, formación, organizativas y todas las acciones necesarias para minimizar las condiciones de riesgo que puedan desencadenar un accidente laboral.