Día del Trabajador de Heladerías Industriales: Feriado no laborable pago
El MTSS establece el 1° de junio como Día del Trabajador de Heladerías Industriales, feriado no laborable pago según acuerdo de Consejos de Salarios.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece el 1° de junio como Día del Trabajador de Heladerías Industriales, feriado no laborable pago según lo acordado en la Sexta Ronda de Consejos de Salarios.
Reconocimiento a los trabajadores del sector
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) conmemora el 1° de junio como el "Día del Trabajador de las Heladerías Industriales", una fecha establecida mediante acuerdo en la Sexta Ronda de los Consejos de Salarios.
Implicancias laborales
Este reconocimiento implica que:
- Es un feriado no laborable pago para todos los trabajadores del sector
- Las empresas deben garantizar el cumplimiento de este derecho laboral
- Los contadores deben registrar adecuadamente este día especial en las liquidaciones de haberes