Día del Trabajador de Droguerías y Residencias de Ancianos: Normativa y Beneficios
Conoce los derechos laborales para trabajadores de droguerías y residencias de ancianos el 19 de junio: feriados pagos, normativa vigente y beneficios establecidos.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social conmemora el 19 de junio como el Día del Trabajador de Droguerías y del Trabajador de Residencias de Ancianos, destacando los derechos laborales y beneficios establecidos en la normativa vigente.
Derechos laborales para trabajadores de droguerías
El 19 de junio es reconocido como feriado pago para los empleados de droguerías. Según la normativa:
- Si el trabajador labora ese día, recibe doble pago
- Si no trabaja, no afecta su salario
- Establecido en la Quinta Ronda de los Consejos de Salarios
Normativa para residencias de ancianos
Para los trabajadores de casas de salud y residencias geriátricas:
- Considerado feriado pago no laborable
- Aplica tanto para instituciones con y sin fines de lucro
- Para establecimientos sin fines de lucro: Segunda Ronda de Consejos de Salarios
- Para establecimientos con fines de lucro: Artículo 11 del Decreto Nº 489/007